EMPRESAS

Si usted es responsable de una empresa o de sus cuentas, no es necesario que le expliquemos que su labor consiste muchas veces en asumir riesgos. Si su empresa firmó un contrato con una entidad financiera en el que se acordó que el tipo de interés que pagaría su empresa se determinaría por el índice Euribor®, debe saber que aunque usted creyera que su empresa y el banco estaban asumiendo un riesgo, y que conforme a lo firmado, unas veces los costes de ese riesgo los asumiría su empresa (alzas) y otras veces el banco (bajadas), en realidad solo una parte asumía riesgos: la empresa.

El banco no estaba asumiendo ningún riesgo, puesto que era plenamente consciente de que el índice no responde a las operaciones del mercado interbancario europeo, sino al resultado de una encuesta en la que participa activamente todos los días junto con otros bancos. El índice responde a su voluntad conjunta.

Entre todos han decidido eliminar la competencia y el mercado.

Empresas y fondos de inversión han comenzado a demandar a los bancos, y en esas jurisdicciones los resultados se muestran favorables a las empresas, que están siendo indemnizadas por los bancos. El daño que ha provocado la conducta de los bancos al falsear las tasas de interés de los mercados ha consistido, en palabras de la UE, en romper la integridad del índice. Al haber eliminado la objetividad del índice, han cargado sobre los deudores la obligación de pagar unos intereses que no se corresponden con lo pactado, y por tanto, han hecho ilegal todo lo cobrado en función de un índice Euribor® manipulado.

Si además su empresa está inmersa en un procedimiento concursal, debería poder reclamar o compensar las cantidades correspondientes a los intereses ya pagados frente a las entidades financieras acreedoras.

La manipulación del Euribor® ha sido acreditada con la certeza y seguridad que dan las sanciones impuestas a los bancos por la Unión Europea, autoridades financieras británicas y estadounidenses, así como otras jurisdicciones internacionales. Además ha sido reconocida por los propios bancos que están llegando a acuerdos en los tribunales con los demandantes. Las conductas de alteración y manipulación de los precios de los mercados continúan después de las sanciones.

Según las normas, el Euribor® viene determinado por los intereses que se pagan entre sí los bancos en sus operaciones de depósitos. Según el Euribor®, entre los años 2015 y 2022, los bancos han estado pagando dinero por los depósitos que ellos hacían o recibían dinero por los prestámos que pedían. Pero dichos gastos y costes no aparecen en sus cuentas.

Ahora, el Euribor® está subiendo como jamás lo había hecho antes. Pero en las cuentas de los bancos tampoco aparecen las necesarias operaciones de depósitos interbancarios.

Los bancos no están haciendo las operaciones de mercado necesarias para fijar el valor legal del euribor.

¿Qué hacen y están haciendo entonces para manipular el índice?

De nuevo han infringido las normas reguladoras del Derecho de la Competencia, transformando lo que debe ser un mercado de dinero, en una encuesta. Una encuesta que se hacen entre ellos. Todos los bancos, includios los de nuestro país, participan en las conductas infractoras.

Como prueban los listados de operaciones del mercado interbancario publicado en el Boletín de Operaciones del Banco de España, no se realiza ninguna operación de las necesarias para conformar el mercado del Euribor desde hace más de una década.

Eso significa que los números utilizados para la determinación de los intereses que debe usted pagar por su préstamo no son los que según su contrato y las normas deberían ser. Y también significa que la empresa tiene derecho a ser indemnizado por el daño que dicha conducta le ha producido en su patrimonio: el daño ha consistido en pagar y seguir pagando intereses durante años en virtud de un índice que solo refleja las manipulaciones de precios de un mercado y no un aunténtico mercado.

Su empresa puede reclamar como daños y perjuicios esos intereses ilícitos, y recuperar esas cantidades junto con los intereses legales

INVERSIONES

Si gestiona un fondo de inversión o ha realizado inversiones referenciadas a Euribor®, quizás sea la persona más interesada en proceder a reclamar los daños y perjuicios que los bancos le han ocasionado.

Son estas reclamaciones las primeras que han tenido éxito, entre otras razones porque las cantidades que deben indemnizarse son muy elevadas y los bancos prefieren negociar a verse sometidos a una sentencia judicial.

Las ventajas de la legislación española frente a otras jurisdicciones radican en que en nuestro Ordenamiento Jurídico la indemnización consistirá, en estos casos, en el interés legal del dinero, aplicable cada año a la cantidad total invertida.

Si el fondo de inversión o usted tiene contratos sujetos al Euribor®, habrá comprobado como los rendimientos no han existido durante los últimos años. La razón principal de la manipulacióna del índice, hasta obtener tipos negativos en los mercados interbancarios, ha sido precisamente evitar los pagos que como deudores debían afrontar los bancos.

"el objetivo único constatado por la Comisión fue presentado como la «[reducción] de los flujos de efectivo [que los participantes en el cártel] tendrían que pagar (o [el aumento de] los que recibirían) y, por consiguiente, [el aumento] del valor de los EIRD que poseían en su cartera, en perjuicio de las contrapartes en dichos EIRD».

parágrafo 214 de la sentencia del 24 de septiembre de 2019, en el asunto T-105/17, del TJUE
*EIRD indica contrato referenciado a Euribor. ​​​​​​